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2020/05/06

En un libro de escudos (IV) El rey o los reyes de Navarra


En un libro de escudos (IV) El rey o los reyes de Navarra
Iñigo Saldise Alda


 Siguiendo con estos trabajos histórico-heráldicos, provocados por la visionada de un manuscrito fechado entre los años 1701 y 1800, cuyo título es Libro de escudos de diversos linajes españoles, me voy a detener en el presente trabajo, en el escudo que corresponde y representa al del Estado-Reino de Nabarra. Primero y siguiendo el índice, a uno que aparece como del Rey de Navarra, dentro del denominado en su índice como de Azcarraga, al ser una copia del realizado a finales del siglo XVI por Pedro de Azcarraga, siendo éste rey de armas de Nabarra, bajo subordinación al Reino de España, entre los años 1577 y 1593.

Así pues, el escudo que aparece en este manuscrito discrepa levemente con el que aparece en el libro de armería del Reino de Nabarra, el cual se recopiló entre los años 1572 y 1575. Dicha discrepancia está en la bloca central, siendo esta una poma redondeada o circular en abismo, en la copia del siglo XVIII, mientras que la bloca central de escudo del libro de armería del Reino de Nabarra del siglo XVI, es de forma romboide o losange en abismo.
 
Escudo del rey de Nabarra en el libro de armería del Reino de Nabarra 1572-1575
Y hablando de diseño, como ya expuse en el primer trabajo de esta serie enlazada de escritos titulados “En un libro de escudos”, los escudos que aparecen en el mencionado manuscrito heráldico están realizados bajo un trazado enmarcado dentro del denominado diseño francés moderno, debido a mi parecer, a la entrada de una dinastía francesa en la Corona de España en el año 1700. Concretamente en la figura del hasta entonces duque de Anjou Felipe de Borbón-Bourbon y Baviera-Bayern, nombrándose desde entonces como rey Felipe V de España.

A lo largo de este siglo XVIII, los borbones gobernaron tanto en el Reino de España como en el Reino de France; pero en éste último no llegó a ser en su totalidad, ya que la revolución francesa del año 1789, acabó sangrientamente con la monarquía borbónica en el país galo, tras la ejecución en la guillotina del rey de los franceses en el año 1792.

Llegado a este punto, debemos hablar de la legitimidad que poseen sobre el Reino de Nabarra la rama borbónica de los Anjou, desde el año 1700 hasta los actuales reyes de España. Para ello debemos retroceder y fijarnos en el Tratado de Utrecht del año 1714, ese mismo por el cual el Reino y la Corona de España cedió, o perdió si quieren, a modo de perpetuidad el Peñón de Gibraltar, al entregarlo a la Corona de England. También en ese Tratado Internacional sin presencia nabarra, el rey Felipe V de España tras la guerra de sucesión al trono español, renunció ante el rey Louis XIV de France (et III de Navarre) a todos los derechos sucesorios sobre la Corona de France que podían recaer sobre él y sobre todos sus descendientes, sin excepción alguna, aceptando a su vez que todos los mencionados y supuestos derechos o beneficios sucesorios, recaían en la persona del delfín de France, Louis de Bourbon-France et de Savoie.

A su vez, este tratado, supuso igualmente para el monarca francés Louis XIV de France, y también para todos sus descendientes sin excepción, la renuncia a litigar o combatir para la adquisición de todos los territorios navarros existentes al sur de los Pirineos, los cuales continuaban, por supuesto, sometidos, subordinados, sojuzgados y encadenados primero a la Corona de Aragón-España, después a la Corona de Castilla, en definitiva a la Corona de España  desde los avatares comprendidos en los años 1512-1513-1515-1521-1530.

Por otro lado, desde el año 1530 los nabarros independientes del norte del Pirineo, finalmente sufrieron la pérdida de su libertad de la mano de un hijo de un rey nabarro, pero que nunca fue nabarro. Esto ocurrió tras ser asesinado en el año 1610 del rey Enrique III de Nabarra y IV de France, por un fanático ultra católico llamado François Ravaillac. Hay que decir que este rey era católico desde el año 1593, pero que había firmado el Edicto de Nantes en el año 1598, otorgando mediante ello la libertad de culto en las tierras de la Corona de France, a similitud de lo realizado anteriormente por su madre en la Corona de Nabarra.

Los Tres Estado del Reino de Nabarra existentes en Donapaleu-Saint Palais, junto a los Estados Generales de Biarno-Bearn sitos en Pau, y ambos pertenecientes a la Corona de Nabarra, enviaron delegados a Paris para pedir a la regente y reina viuda de France Maria de’ Medici y de Habsburgo-Jallegón, que el joven príncipe de nueve años y hasta la muerte de su padre delfín de France Louis de Bourbon-Vendôme y de’ Medici, ya como rey de France pero sin gobierno ni coronación como tal, debido a su minoría de edad, se dirigiese a las tierras de la Corona de Nabarra, para ser educado según las leyes y Fueros nabarros de la Tierra de Vascos y también bajo el Fuero de Biarno-Bearn, ambos regidos bajo un Derecho común o Derecho Pirenaico, los cuales estaba obligado a jurar antes de ser jurado y titulado como rey de Nabarra y príncipe soberano del Biarno-Bearn.

El motivo de dicho movimiento por parte de los nabarrobearneses, fue simple y sencillamente llevado a cabo por un temor más que fundado a una nueva invasión militar, terrorista e ilegal por parte española, a pesar de que en ese año existía una reina titular de Nabarra. Ésta fue la exesposa de Enrique IV de France y III de Nabarra, Margarita de Valois-Orleans-Angoulême y de’ Medici, que hasta la disolución matrimonial del año 1599, era reina consorte de Nabarra y de France, pero para que conservase su título de reina, el rey Enrique III de Nabarra y IV de France, la nombró, sancionó y designó como reina titular de Nabarra, ya que según las normas de la Corona de France y de sus leyes de sucesión dinástica, no podía haber una mujer al mando o ser titular del Reino de los franceses, algo que si era posible en la Corona de Nabarra y a sus leyes dinásticas; por ello, dicha acción no supuso ninguna reacción negativa por parte de la Corte Suprema de Justicia y de la Cancillería de Nabarra, ni tampoco por parte del Consejo Soberano de Biarno-Bearn.

Finalmente, la regente de France Maria de’ Medici y Habsburgo-Jallegón, bajo la recomendación sus consejeros italianos, el mariscal de Ancre y favorito de la reina regente de France Concino Concini y la mariscala de Ancre, marquesa de Ancre y condesa de la Penn, además de hermana de leche de la reina regente de France Leonora Dori Galigai, se negó a que su hijo Louis de Bourbon-Vendôme y de’ Medici, fuera al Reino de Nabarra y Biarno-Bearn, para ser educado “en navarre”, esgrimiendo que su educación como rey de France fue iniciada por su padre en el año 1609 y por tanto, debía continuar dicha enseñanza en Paris. En esto estuvo también de acuerdo su consejera, amiga y  además de celestina en su día, pues fue ella quien le presentó a su difunto marido el rey Enrique IV de France y III de Nabarra, la reina Margarita I de Nabarra, la cual no tenía posibilidad biológica de tener descendencia.

En el año 1614, una nueva delegación nabarrobearnesa se presentó en Paris un año antes de la mayoría de edad del joven Louis XIII de France y con el temor de no tener rey o reina tras la muerte de Margarita I de Nabarra. También con la seria intención de que éste fuera a las tierras de la Corona de Nabarra, donde debía ser educado de forma obligada para poder ostentar y llevar el título de príncipe de Biana y el de príncipe de Biarno-Bearn, paso obligado ello, al menos el primero, para ser posteriormente el poseedor de la Corona y del Reino de Nabarra (Biarno-Bearn incluido). La respuesta de la regente de France fue la misma que hizo en el año 1610.

Es en el año 1615 cuando murió la reina Margarita I de Nabarra, dejando así al Estado-Reino de Nabarra sin jefe o jefa de Estado. Las delegaciones nabarrobearnesas se prodigaron ese mismo año y los siguientes a Paris, sin conseguir una respuesta clara por parte de los consejeros del joven, pero ya, rey Louis XIII de France. Un año después, se unió al Consejo Real de France el obispo católico de Luçon, diputado de los Estado Generales de France, duque de Fronsac y Richelieu, par de France Armand Jean du Plessis. Fue expulsado de dicho Consejo en el año 1617 por el propio rey Louis XIII de France, aunque entrado ya el año 1619 volvió a contar con el favor real.

No fue hasta ese año 1619, cuando la delegación nabarrobearnesa recibió una contestación clara por parte del propio rey Louis XIII de France, tras ser aconsejado por el duque de Luynes, marqués de Albert, gobernador de la Picardie y mariscal del Reino de France Charles d'Albert et of Rodulf. Dicha contestación fue la de que los Tres Estados de Nabarra y los Estados Generales de Biarno-Bearn, debía rendir obediencia a su persona como rey Louis XIII de France, ya que según él, los nabarroberaneses eran súbditos franceses. Los representantes nabarrobearneses se opusieron y no aceptaron tal mandato, pero sacando la excusa de que dicha decisión debía ser tomada por los representantes de la Tierra de Vascos y de Biarno-Bearn, en sus respectivas cámaras legislativas. La Cancillería de Nabarra y el Consejo Soberano de Biarno-Bearn, se reunieron individualmente y no se aceptaron la imposición política del rey de los franceses, instándole de nuevo y de manera conjunta, a ir a las tierras de la Corona de Nabarra para aprender sobre el Derecho Pirenaico y posteriormente jurar los Fueros de nabarros y bearneses, para poder ser así proclamado legalmente como rey de Nabarra y príncipe de Biarno-Bearn.

El 15 de Octubre del año 1620, Louis XIII de France comandó el ejército francés que invadió el Estado Pirenaico de la Corona de Nabarra. Contó con la inestimable ayudada del cardenal católico Berulle. Dicho ejército invasor francés entró violentamente en Pau y tras reducir a sangre y fuego al Consejo Soberano de Biarno-Bearn, solo cinco días después, concretamente el 20 de octubre, proclamó el Edicto de Pau, más conocido como el Edicto la Unión ya que había sido redactado con anterioridad, aprobado de manera unilateral en las Cortes francesas de Paris. En dicho Edicto se indicaba la forzosa e ilegal unidad a la Corona de France de la Corona y del Reino de Nabarra, además también del pueblo y vizcondado de Biarno-Bearn, del principado de Andorra y de las tierras soberanas de Donezan.

“(...) por este Edicto, perpetuo e irrevocable, unimos e incorporamos dicha corona y país de Navarra y nuestro país y soberanía de Bearn, Andorra y Donezan, y tierras que de ellos dependen (...)”. Louis XIII de France.

El rey Bourbon de France, suprimió el título de roi de France y roi de Navarre, así como el de coprince d'Andorre por únicamente el de roi de France, en un ejercicio de imperialismo y absolutismo contrario a cualquier Fuero nabarroberanés.

Entrado ya en el año 1621, los Tres Estados o Cancillería de Nabarra, junto a la Corte Suprema de Justicia del Reino de Nabarra, sitos todavía en Donapaleu-Saint Palais, se opusieron nuevamente y de forma frontal, con determinación, firmeza y pujanza legitimista en base únicamente a la Constitucional nabarra, a las ilegales pretensiones francesas sobre el Reino de Nabarra. Es más, todo el Reino Pirenaico de la Corona de Nabarra al norte del Pirineo, una vez reunidas sus diversas Juntas y Estados Generales, rechazó el Edicto de la Unión y a Louis XIII de France como su monarca, pero fue incapaz de llevar a cabo su defensa territorial nacional y de la soberanía nabarra, al no poder hacer frente al poderoso y terrorífico ejército francés, que ocupaba las tierras de la Corona de Nabarra al norte del Pirineo. Los franceses aplicaron la única ley que entienden y comprenden los imperialistas y absolutistas, el terror, la violencia y la sanguinaria acción militar.

De todos esos actos ilícitos actos llevados a cabo por un reyfrancés, tran extranjero para los nabarros como el rey español al sur del Pirineo, siempre desde el único prisma Legal de los nabarros y nabarras, cabe destacar que el rey de Louis XIII de France creó el denominado Parlament de Navarre y lo situó en la ciudad de Pau en el año 1624, supeditando con ello, mediante la subordinación y encadenando brutalmente así al imperialista Reino de France, a los nabarrobearneses, siendo controlado estrechamente dicho parlamento desde la metrópoli francesa de Paris. Esta fórmula de colonización solo es comparable al control que la metrópoli de Madrid ejercía sobre las ilegales Cortes de las Cinco Merindades al sur del Pirineo tras las invasiones de 1512 y 1521.  Esto supuso en definitiva, la desaparición total y arbitraria de los oficios de la Casa Real de Nabarra.

Por tanto, y dentro siempre de nuestra exclusiva legalidad, la Casa de Bourbon desde Louis XIII de France y sus sucesivos herederos masculinos, junto a la totalidad de descendientes femeninos de cualquier rama de los y las Bourbon, carecen de legitimidad alguna por la cual exhibir, titularse, ostentar y/o alardear cualquiera de los títulos de nobleza emanados y sancionados desde la Corona de Nabarra, incluidos por su puesto, el título de príncipe o princesa de Biana y de Biarno-Bearn, pero sobre todo, el de rey o reina de Nabarra.
 
Blasón o armas de Louis XIII de France. 
Volviendo a ese escudo de las armas de los reyes de Navarra del manuscrito del siglo XVIII, fue el rey Louis XIII de France el primer monarca francés que comenzó a utilizar como emblema personal y de la nación francesa, el doble cadenado de oro en fondo de gules, para el escudo con el cual representaba a la colonia francesa de Navarre (Nabarra y Biarno-Bearn), junto al escudo del Reino de France, que era en azur tres lises de oro ordenadas dos y una. Un escudo que heredó de su padre el rey Enrique III de Nabarra y IV de France, pero usando éste en el del Reino de Nabarra (y Biarno-Bearn) un escudo de gules con el carbunclo cerrado y pomelado de oro con un punto de sinople en el centro, siendo éste carbunclo representado de forma simple en la heráldica nabarroberanesa, mientras que era en forma doble en la heráldica francesa bajo el reinado de Enrique IV de France y III de Nabarra.
 
Blasón o armas de Enrique III de Nabarra y IV de France.
Pero el doble cadenado no tiene su origen en el Reino de France, sino en el Reino de España. Ya en el año 1553, bajo el reinado de Carlos I de España y V de Alemania, en una, en su momento, nueva edición de Las leyes de Toro glosadas (original del año 1505), Hispania Victrix. Primera y segunda parte de la historia general de las Indias có todo el descubrimiento y colas notables que han acaescido dende que se ganaron hasta el año de 1551. Con la conquista de Mexico y de la Nueva España, y en la tercera edición del Repertorio Universal de todas las Leyes destos Reynos de Castilla (original del año 1438), en el escudo xilográfico Real que representa al Estado o Reino español, se incluye en el tercer cuadrante uno que otorgan los españoles a los navarros sojuzgados, subordinados y sometidos del sur del Pirineo. Este está representado mediante un esclarecedor doble cadenado esclavista.


“Una vez es coincidencia, dos es casualidad y tres es la acción del enemigo.” Ian Fleming

Este escrito ha sido realizado en el 5º día en el cual he podido salir a pasear, al relajarse ligeramente las condiciones de confinamiento del estado de alarma existente en la colonia de Nabarra encadenada, sometida, sojuzgada y subordinada por el Reino de España al sur del Pirineo; el cual es debido por la pandemia Mundial ocasionada por el coronavirus COVID-19.

NABARRAKO ERESERKIA

Nabarra, reflexiones de un Patriota

Reflexiones de un Patriota by Iñigo Saldise Alda

ASKATASUNA = Baskoinak x Nafar Paradigma

"PRO LIBERTATE PATRIA GENS LIBERA STATE"

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EUSKARA-LINGUA NAVARRORUM

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©NABARTZALE BILDUMA 2011

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