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El primer
documento, concretamente un recibo, que hace constancia del Pueblo Gitano en
Nabarra data del 27 de abril del año 1435. En él nos cuenta como Tomás, conde
de Egipto Menor, acompañado por un grupo de 50 personas de etnia gitana, fue recibido
en el castillo de Erriberri por la reina de Nabarra, Blanca de Evreux, la cual
les hace una donación de 36 libras. Pese a no tener constancia por escrito, es
más que probable que los gitanos ya utilizaran años antes el camino de Santiago,
siendo el Reino de Nabarra uno de los primeros, sino el primer Estado
peninsular en recibirlos.
Tras
la conquista de Granada por parte de los reyes Católicos, Fernando de
Aragón y su mujer Isabel de Castilla y
León, estos reyes españoles llevan a cabo una política homogeneidad cultural y
religiosa, matizándose primero en la expulsión de los judíos en el año 1492 y después la expulsión de los
mudéjares en el año 1502. Como no podía ser de otra forma, esta política
racista afecta decisivamente a los gitanos. Así en el año 1499 se promulga por
parte de los reyes españoles la Primera Pragmática Antigitana. Esta cédula real
expedida contra “los egipcianos y caldereros extranjeros”, emplazándoles para
que en el plazo máximo de dos meses, tomasen asiento definitivo en el lugar elegido, debiendo
expatriarse en caso contrario, so pena de cien azotes y destierro perpetuo.
Ante esta
política intolerante y racista llevada a cabo por los reyes españoles, el
Pueblo Gitano se ve obligado a abandonar el incipiente Reino de España,
recibiendo asilo, entre otros Países o Estados, en el Reino de Nabarra.
Tras la
ilegal, violenta, sanguinario e ilegitima invasión del Reino de Nabarra por
parte de las tropas españolas del año 1512, el futuro de los gitanos en la
Nabarra surpirenaica se veía de nuevo ligado a los designios imperiales,
fanáticos y racistas del rey español Fernando II de Aragón.
Esta política racista
y discriminatoria contra el Pueblo Gitano se verá continuada durante los
sucesivos reinados de los soberanos españoles de la Casa de Austrias o
Habsburgo. Es en este contexto de represión a la totalidad de la Nación nabarra
del sur del Pirineo, cuando encontramos el primer texto legal contra la etnia
gitana asentada en el Reyno, por el cual se prohíbe la estancia de los gitanos
en la colonia peninsular de Navarra. Concretamente data del año 1549, y dice lo
siguiente:
“(…) pide a las Cortes de Tudela que una vez
hallados dentro de Navarra se les den 100 azotes y se les expulse”.
20 años
después, se dicta una Ley que escudriña un criterio de diferenciación entre los
pobres verdaderos y los gitanos, a los cuales se les acusa de “vagabundos y viciosos”, dados al fraude
y a las triquiñuelas. Una acusación perpetuada durante varios siglos, siendo
los gitanos el blanco de las iras de los virreyes españoles asentados en la
Nabarra peninsular y de todos los agentes colonizadores. Este San Benito que
perdura hoy día y lamentablemente extendido
en la sociedad del siglo XXI y que soportan los gitanos en la Navarra reducida
y residual, en la mayoría de los casos injustamente, aún a sabiendas de que hay
mala gente tanto entre payos como entre gitanos, es finalmente un muro de intransigencia
y discriminación hacia uno de los Pueblos más antiguos del Mundo.