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2011/04/25

El “imaginario” aranista y su lugar en la colonización de Nabarra

El “imaginario” aranista y su lugar en la colonización de Nabarra
Iñigo Saldise Alda

El "imaginario" aranista surgió a finales del siglo XIX de las mentes de los políticos Luís y Sabino Arana Goiri, en una época de grandes cambios sociales, culturales y políticos tras las derrotas fueristas en las conocidas como Guerras Carlistas, que conllevaron la perdida absoluta de los Fueros vascongados y la eliminación por parte del imperio español del referente estatal que era hasta el año 1841 el “autónomo” Reyno de Navarra, impidiendo con ello la emancipación colonial de los nabarros.

Luís le hace comprender a su hermano que el carlismo, a pesar de ser defensor de los Fueros vascongados, era un movimiento innegablemente españolista, por ello Sabino se enclaustra durante un año estudiando la lengua, las leyes del Bizkaia y su historia a través de historiadores que iban desde planteamientos de autores pre-nacionalistas vascos, hasta otros realmente adeptos al régimen imperial español, obviando los trabajos de historiadores y políticos nabarros, incluso contemporáneos suyos como Serafín Olave o Arturo Campion, que eran defensores de un pactismo entre el imperio español y Nabarra, Estado de los vascos.

Obviando el carácter racial del "imaginario" aranista, el cual por cierto era mayoritario a todos los pensamientos políticos existentes a finales del siglo XIX, su ideología política nacionalista se creó en base a la lengua de los vascos, a datos históricos irreales o al menos incompletos y exclusivos a la comarca vizcaína, junto un confesionalismo católico que rayaba con el integrismo más puro y duro. Esto les llevó a reivindicar la independencia de Bizkaia, a la cual la consideraban su Patria, sin negar el acceso a la misma a otros territorios vascos. Todo ello tomando como base ideológica independentista bizkaitarra, una histórica y leyendaria batalla, la de Arrigorriaga o Padura del siglo IX, junto al mito de Jaun Zuria.

Este nacionalismo vasco de carácter exclusivo bizkaitarra, se presentó en la ya provincia española de Navarra durante la denominada Gamazada bajo el lema de Jaungoikoa eta lagizarra, bizkaitarrak agurreiten deute naparrei. Esto no les supuso en ningún caso a los hermanos Arana un abrazo ideológico a la histórica política del Reino o Estado de Nabarra, ya que a su vuelta a la provincia española de Bizkaia inventan una bandera originariamente para Bizkaia y el himno para la misma, el Gernika’ko Arbola.

El carácter populista de este “imaginario” político basado la lengua vasca, la invención del término de Euzkadi y la ikurriña, junto a un catolicismo antiliberal y a una histórica independencia vasca muy personal o particular, eso sí basada en los Fueros o Leyes antiguas de Bizkaia, en sus comienzos exclusivamente bizkaitarras fue realmente radical, pero ya en su segunda etapa, la cual coincide con la creación del segundo partido español tras el PSOE, el conocido EAJ-PNV, ese nacionalismo vizcaíno se va moderando y extendiendo por el resto de las Vascongadas y por Navarra, hasta llegar finalmente a un proyecto autonomista e incluso españolista existente en la actualidad en todos los derivados nacionalistas provenientes del aranismo que existen en la actualidad, que beneficia al mantenimiento del estatus colonial del Estado de Nabarra, mediante la continua aceptación de las instituciones coloniales españolas (y francesas) y de sus ilegítimas urnas, gracias en gran medida al peso del catalanismo moderado de comienzos del siglo XX y del actual, el cual triunfaba y triunfa en una parte del territorio español que nunca fue colonia del imperio, sino parte importante del mismo, llegando incluso a tener la llave la de gobernabilidad en el Reino de España, a lo que tristemente para la libertad de los nabarros y nabarras, también aspiran los descendientes de Luís y Sabino Arana o del denominado nacionalismo vasco o movimiento abertzale.

Es posible que muchos lectores de este escrito crean que esto es un ataque frontal a las ideas de los hermanos Arana, bueno, tal vez. Lo que está claro es que todo el “imaginario” aranista ha sido engullido por el imperialismo español (también por el francés) y actualmente contribuye de forma consciente o inconsciente con el mismo. Los independentistas acuden y legitiman urnas impuestas por los poderes españoles (no nos olvidemos de los franceses) y lo más importante, la idea de un Estado vasco llamado Euzkadi ha pasado a ser Euskadi, una mera Comunidad Autónoma del Reino de España, la bandera de dicho Estado ha pasado a ser la bandera de esa Comunidad española, y que decir del bello himno del Gernika’ko Arbola.

Esta es la realidad en torno al “imaginario” aranista, el cual constaba de numerosos errores, destacando entre ellos el tema geopolítico de la territorialidad histórica de los vasco(n)es libres o nabarros y el referente histórico-político de nuestro verdadero y único Estado, Nabarra, lo que ha facilitado y facilita a la República de Francia y al Reino de España en su control dividido de la Colonia de Nabarra y el sojuzgamiento y la esclavitud de los vascos o de Euskal Herria si lo prefieren , de esta parte de Europa.

2011/04/20

Igandea, 2011ko Maiatzak 22....NABARRA EZ BOZKA!



El euskera fue lengua de uso común en La Rioja ya en la época prerromana

El euskera fue lengua de uso común en La Rioja ya en la época prerromana
Eduardo Aznar (antropólogo de Fitero)

Eduardo Aznar desmonta tesis que lo circunscriben a Euskal Herria. El inició del estudio fue animado por una asociación riojana, Laminiturri.

El antropólogo social y cultural fiterano Eduardo Aznar Martínez ha desmontado las viejas teorías que circunscriben el euskera al entorno de la CAV y Navarra para constatar que ya en la época prerromana, hace más de dos mil años, esta lengua era de uso común en diversas zonas de La Rioja.

"El euskera en La Rioja. Primeros testimonios" es el título del libro que recoge las investigaciones lingüísticas realizadas por Eduardo Aznar y que ayer presentó en la librería Auzolan de Pamplona.

Editado por Pamiela, a lo largo de casi 400 páginas de denso contenido, la obra de Eduardo Aznar explora los restos más antiguos del idioma vasco en territorio riojano con especial atención a la toponimia ("que no puede ser trasladada desde fuera", argumentó) y otros vestigios como estelas funerarias y sentencias.

La obra, según explicó el autor ayer en rueda de prensa, surge tras varias conversaciones con miembros de la asociación Laminiturri, especializada en el análisis y divulgación del legado euskérico en La Rioja. Y es que, tal y como comentó el autor, aunque se trata de un tema que suscita "bastantes dudas e incredulidad, hay riojanos muy interesados en conocer su historia". En este sentido precisó que hay personas que actualmente estudian euskera en La Rioja, aunque apuntó que "hay ciertos prejuicios de quienes quieren circunscribir la existencia y uso de esta lengua" a la CAV y Navarra.

El libro se estructura en varias áreas. Así, tras un primer repaso a lo más importante publicado hasta ahora del tema, centrado en el ámbito geográfico de La Rioja, estudia el conjunto toponímico anterior a la época medieval, que ha llegado a través de escritores grecorromanos. En segundo lugar, Aznar analiza un conjunto onomástico descubierto recientemente en el sur de la comunidad riojana, en la zona de Ezcaray, y "de valor excepcional", subrayó, "ya que nos aporta los elementos euskéricos de mayor transparencia conocidos hasta ahora que nos permiten reconstruir en cierto punto el panorama lingüístico de la época".

sentencia del siglo xiii En el último tramo del libro, Aznar aborda una revisión de las teorías vigentes acerca del origen del euskera riojano, centrándose en el análisis de las Glosas Emilianenses y la fazaña de Ojacastro (primeros textos en euskera conocidos y primer reconocimiento de oficialidad del idioma, respectivamente) concluyendo con un apéndice en el que se proponen nuevos caminos de reconstrucción del protoeuskera a partir de algunos elementos observados en La Rioja. Hizo especial mención a la fazaña de Ojacastro, una sentencia judicial pronunciada entre los años 1.234 y 1239 en Burgos que relata la detención del alcalde de dicha localidad riojana por permitir el uso del euskera. El edil quedó libre al demostrar que era derecho del fuero viejo del pueblo.

Eduardo Aznar, tras precisar que la lengua vasca no nació en un lugar concreto, señaló que, por contra, fue de uso común en, al menos, las poblaciones de Aquitania, La Rioja, Burgos , Navarra y la CAV en diversos momentos de la historia.

Tal y como destacó Txema Aranaz, editor de Pamiela, la obra de Eduardo Aznar Martínez supone uno de los mayores esfuerzos de los últimos años por rescatar del olvido bibliográfico un aspecto esencial de la historia del idioma vasco y ofrece la posibilidad de suscitar un debate acerca de la extensión antigua del euskera y, con ello, el mejor conocimiento de este idioma.

Extraído de la web Marigoogle
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Igandea, 2011ko Maiatzak 22 (eta III)



En defensa de la Libertad de Expersión, solidaridad con Julieta, la chula potra.

2011/04/17

¿Votar en libertad en un País ocupado? Imposible

¿Votar en libertad en un País ocupado? Imposible
J.X. Mauleon, Cadreita-Nabarra

Nabarra es un Estado ocupado por dos Países extranjeros y por ello no puede ejercer el Derecho democrático que tienen todos los ciudadanos y ciudadanas de un País libre de expresarse; es por ello, que todas las votaciones que aquí se celebren, son ilegales motu proprio y además no tienen valor jurídico ante ningún Organismo Internacional.

Durante la denominada II Guerra Mundial, los alemanes nacional-socialistas que ocupaban el Estado de Francia-y por ende una parte importante la Colonia francesa de Nabarra-, realizaron votaciones con aquellos colaboradores del conocido como régimen de Vichy. No solo eso, sino que quisieron legitimar o darle valor jurídico a esas votaciones en zona ocupada, pero ni las Leyes, ni los reglamentos, ni cuanto todo aquello que instauraron los colaboracionistas tuvo valor alguno y a la liberación fueron totalmente anuladas, por haber celebrado ilegalmente elecciones en un País ocupado, aunque los que se presentaron a las mismas fueran franceses.

Éste es un principio de ilegitimidad e ilegalidad que también se aplicar a Nabarra al ser un País o Estado ocupado por dos potencias imperialistas, España y Francia. Todas aquellas elecciones celebradas en un País o Estado ocupado, como lo son las celebradas en la total territorialidad del País o Estado de Nabarra, gozan del principio de prevaricación e ilegalidad, por lo que no tienen valor jurídico alguno ante los Organismos Internacionales, como es en este caso, las Naciones Unidas e incluso debiera ser en la Comunidad Económica Europa.

Las potencias ocupantes, es decir España y Francia, siempre hacen enormes esfuerzos para que haya una gran participación en el País ocupado de Nabarra en cualquiera de sus elecciones, para intentar mostrarlas al Mundo y principalmente ante los Organismos Internacionales como libres y democráticas, buscando con ello la legitimación de sus ilegales ocupaciones. Los Organismos Internacionales conocen perfectamente los principios aplicables a elecciones en todos los Países ocupados existentes hoy día en la Tierra, donde los que únicamente van a votar son los ciudadanos y ciudadanas de las potencias ocupantes y colonizadoras, más todos los miembros colaboracionistas de la administración colonial, de la justicia, de la seguridad, de la policía, de las fuerzas de ocupación, además de aquellos residentes de los Países que conforman actualmente la Unión Europea en virtud de derechos de reciprocidad, estando presentes como fuerzas políticas los partidos políticos de las potencias ocupantes, más otros partidos colaboracionistas que se benefician del sistema colonial.

Hay unos principios Internacionales y unos compromisos que no se pueden ignorar los gobiernos nacionales de España y Francia, pero que a pesar de deber tenerlos presentes y en cuenta, se los pasan por su forro “democrático” y su “Estado de Derecho”. Realmente, no pueden legalmente intentar celebrar elecciones en un País ocupado como es el Estado de Nabarra, como hicieron los nacional-socialistas alemanes en el Estado de Francia, pues jurídicamente gozan del principio de nulidad Internacional y van contra todas las resoluciones de la IV Comisión de las Naciones Unidas sobre las Leyes a emplear en los territorios colonizados y ocupados por potencias extranjeras, como es el caso del Estado o País de Nabarra.

La Resolución 1514 (XV) de diciembre de 1960, sobre el Derecho de los Pueblos colonizados a su autodeterminación e independencia, se aplicó y se debe aplicar a todos los territorios dependientes sin excepción. Es decir, los territorios bajo tutela, los territorios no autónomos y todos otros territorios que no han accedido a la independencia. El País de Nabarra no solo está dentro de los citados territorios, sino que ya se consolidó como Estado a pesar de la oposición militar española y francesa llevadas a cabo desde un principio. La definición de territorios no autónomos, está dada por la resolución 742 (VIII) del 27 de noviembre de 1953, que señalaba los elementos a tomar en atención para ver si un territorio era o no autónomo. Según esta resolución, un territorio no autónomo se define por el hecho de que estaba o está geográficamente separado y étnicamente o culturalmente distinto del País que lo administra (principio IV). Además, hace falta tener en cuenta otros adicionales que pueden ser de naturaleza administrativa, política, jurídica, económica o histórica, lo que lo sitúa arbitrariamente y en un estado de subordinación con respeto a la metrópoli (principio V). A su vez, un territorio había alcanzado la plena autonomía cuando se había convertido en un Estado independiente, caso concreto del País de Nabarra, que se instituyó en Estado bajo la forma estructural política de Reino.

Dicho esto y a modo de reflexión o conclusión, en Nabarra mientras seamos un País ocupado por españoles y franceses, no solo cualquier elección emanada por el ocupante es ilegal, sino que jamás tendremos los ciudadanos y ciudadanas del Estado de Nabarra unas elecciones libres y democráticas.

2011/04/14

Trebiño Naffarroa da

Trebiño Naffarroa da
Iñigo Domaica Portilla, Navarrate-Arabako Kultur Elkartea

El pasado jueves dia 7, se inició la Korrika desde Trebiño, como reconocimiento a la labor que se está llevando en esta zona por la recuperación de la “lingua navarrorum”.

Es aquí donde nos gustaría hacer unos breves apuntes sobre la realidad política de las Tierras de Uda, denominadas así antes de la conquista castellana, o Condado de Treviño, como se conoce una vez que fue sometido a Castilla.

La villa de Treviño fue fundada y poblada en 1161 por Sancho VI el Sabio Rey de Navarra y por el obispo de Calahorra Don Rodrigo, tal y como aparece en una lápida escrita en latín, en la entrada de la actual ermita de San Juan de Treviño y fechada en 1251.

En los últimos 400 años, siempre se ha venido reclamando, desde Trebiño, la integración en Alava, Trebiño Araba da se sigue diciendo todavía, y aquí es donde está el error histórico y político, y con esto no quiero decir que sus habitantes no tienen derecho a pertenecer a Alava. Los vecinos de Trebiño tienen derecho a integrarse en donde decida su mayoría, tal y como se reflejó en la consulta popular del 8 de marzo de 1998 su voluntad de formar parte de Alava. Si Trebiño no está en Alava, es por la situación de colonización y sometimiento en la que nos encontramos, y de la que los políticos actuales no son conscientes e incluso algunos partidos abertzales niegan que exista, tal y como lo demuestran en el día a día.

La realidad histórica nos deja reflejado muy claramente que Trebiño nunca fue Alava. Trebiño ha formado parte integrante únicamente del Reino de Navarra, desde sus inicios allá por el siglo VI cuando se denominaba Ducado de Baskonia, y solo ha dejado de pertenecer al Estado Nabarro por causa de las conquistas realizadas por el Reino de Castilla, actualmente Reino de España, el cual siempre a reclamado su reincorporación, así como la del resto de territorios que se le arrebataron por la fuerza de las armas, hasta el año 1841, en que Nabarra pasó a ser una provincia más de España.

La misma provincia de Alava es una imposición de España, tal y como la conocemos hoy en día, y siempre que se alude a ella como “Territorio Histórico”, se refleja solamente la historia que nos han impuestos los colonizadores españoles.

Cuando los vascos éramos libres nos organizamos como un Estado, al que pusimos de nombre Reino de Navarra, y dentro de ese Estado de Nabarra, Trebiño era una comarca más, como lo eran Alaba, Izki, Errioxa, Zuia, Lizarra, Erronkari, Durango, Biarno, Aragoi..., los cuales tenían en común dos cosas: el idioma (lingua navarrorum) y la manera de organizarse, desde abajo, horizontalmente (Derecho Pirenaico o Fuero General).

Por lo tanto animamos a que desde Trebiño, así como desde toda la Nabarra ocupada y colonizada, se sacudan el yugo del ocupante y empiecen a moverse en la recuperación de su soberanía, LA RECUPERACIÓN DEL ESTADO DE NABARRA.

Los trebiñeses son nabarros, y como nabarros que son, deberían saber que esa es su identidad nacional.

TREBIÑO NABARRA DA!!!

Extraído del blog Navarrate

Las elecciones, la gran trampa española.

Las elecciones, la gran trampa española.
Iñigo Domaica Portilla, Navarrete-Arabako Kultur Elkartea

Poco a poco vamos viendo cómo el clímax electoral va “in crescendo”, y como de aquí al 22 de mayo nos van a machacar todos los partidos políticos que se presentan a estas elecciones municipales y provinciales (lo de llamarlas “forales” es un insulto a la inteligencia del pueblo nabarro). Y además, los partidos denominados “nacionalistas vascos” o abertzales elevarán el tono de su petición de voto, intentando convencernos de que votemos a “su” partido “abertzale”, y no al “otro” partido “abertzale”, con frases como “nosotros vamos a lograr la independencia, y no los otros”, “cuantos más concejales y junteros obtengamos más cerca estaremos de la independencia”, “tenemos que lograr la mayoría en los ayuntamientos y diputaciones para hacerle frente a España” o “es mejor votar, pues si gobiernan los partidos españoles será peor”.

¡No nos queremos enterar!

Primero, estos partidos “abertzales” no son conscientes, pues así lo demuestran día a día, de que participar en las votaciones organizadas por el régimen parlamentario español, da visos de legitimidad e incluso apariencia de democracia o de Estado de Derecho a lo que es una imposición y sometimiento militar, y por tanto, un régimen totalitario. Somos un pueblo con un Estado militarmente ocupado, y no otra cosa.

Como dejó escrito Lenin, la primera condición para que unas elecciones sean democráticas, es la salida del ejército invasor.

Segundo, estos partidos autoproclamados vascos frente a los otros que serían españoles, discuten entre ellos, se pelean por un diputado, un concejal o una alcaldía más, o menos, en España, y son incapaces de priorizar el Pueblo Vasco, o Euskal Herria, sobre sus intereses particulares y crematísticos. Mientras los vascos discutimos sobre las banalidades que nos ponen encima de la mesa constantemente (Estatuto, “plan Ibarretxe”, TAV, Trebiño, ilegalizaciones...) España se hace fuerte y se siente legitimada en nombre de la “democracia” mientras sigamos participando en sus elecciones.

Y tercero, por si todavía no se han dado cuenta los líderes de los partidos “abertzales”, los españoles han mandado sobre los ciudadanos nabarros desde que ocuparon militarmente nuestro Estado, lo han hecho de una forma brutal durante décadas y ahora lo hacen parapetados tras la ikurriña desde los partidos políticos en la Nabarra Occidental; en Alta Nabarra el disimulo es similar, pues saben que de otro modo no conseguirían engañar al Pueblo Vasco.

La mejor manera, la menos costosa y la más efectiva, de deslegitimizar y desenmascarar al totalitarismo -y de ejercitar la insumisión- sigue siendo el boicot a las Elecciones españolas. (“Pueblo y Poder”).

Extraído del blog Navarrate

Nafarroa Bizirik 1512-2012, HITZALDIA, apirilak 16, Usurbilgo plazan

2011/04/13

El monotema

El monotema
Raul Díaz de Arkaia, peridiodista y analista político

Un buen amigo mío suele preguntarme cómo será la Euskal Herria del futuro cuando el monotema deje de estar en las primeras planas de los medios de comunicación. Yo le contesto que quizá nunca llegue a estar; y que, si algún día dejara de estarlo, ello obedecería a que el conflicto secular que enfrenta a Nabarra con España y Francia habría tocado a su fin.

Cuán cortas son las miras de quienes ven en ETA el nudo gordiano de un conflicto que, a sus ojos, no va más allá de un estallido de violencia puntual en la Europa de los siglos XX y XXI. Los enemigos de Nabarra, como no podría ser de otro modo, han jugado bien sus bazas, con la inestimable ayuda de los autoatentados estadounidenses sucedidos el 11 de septiembre de 2001.

Todos, con independencia de nuestras adscripción política o ideológica, deseamos, como mi buen amigo, que el monotema pase a la historia. La cuestión es que ello podrá ocurrir de dos modos bien opuestos.

Por un lado podría suceder que España y Francia aniquilen todo foco de resistencia a su colonización, iniciada en los albores del pasado milenio. Ello supondría acabar con las señas de identidad de los nabarros. Acabar con su monarquía, con sus instituciones jurídico-políticas y con su territorialidad -actualmente desfigurada y dividida- les costó casi mil años. Fue en 1841 cuando, según muchos, se rompía definitivamente el marco de soberanía nabarro. Para culminar su genocidio tendrían aún que acabar con la lingua navarrorum, un tesoro que asombra a propios extraños fuera de nuestras fronteras, pero que en la Navarra residual, así como en los territorios nabarros bajo dominio francés, es considerada por muchos mandatarios políticos como una piedra en el zapato.

O podría suceder que los nabarros irredentos recuperaran su estatalidad, es decir, las instituciones que mejor les permitieran volver a asumir las riendas de su estado. Una labor que, actualmente, muchos consideran como una quimera, pero que, sin embargo, ha puesto ya a trabajar a cientos de nabarros deseosos y hambrientos de justicia. Porque no hay ninguna disposición jurídica en el mundo que impida a un estado colonizado recuperar su soberanía. De facto, además, son decenas los estados que hemos visto nacer en las últimas décadas. Nuevas repúblicas antes las que el establishment hispano y galo aplauden a rabiar con inusitada hipocresía. Sin dejar de contemplar, para sus adentros, que dentro de sus fronteras yace, herida de muerte, la Nabarra de la que el insigne William Shakespeare habló maravillas en su obra Trabajos de amor perdidos.

Creo, humildemente, que tenemos monotema para rato. Y que el fin del monotema de los miopes, es decir, ETA, permitirá que el monotema con mayúsculas pueda gozar de nuevas oportunidades (inusitadas, muchas de ellas) de resolución.

Extraído del blog Salburua

Nuevo logo de NBK

2011/04/12

La colonizadora efeméride española del 14 de abril

La colonizadora efeméride española del 14 de abril
Iñigo Saldise Alda

Este 14 de abril es el 80 aniversario de la instauración de la II república de España en el año 1931, por lo que todos los españoles defensores de los valores republicanos, engalanaran con sus banderas tricolores sus diferentes balcones, fachadas, terrazas y ventanas, mostrando así su gran sentimiento republicano, pero ante todo, su fuerte carácter nacionalista español. Especialmente esto no nos llamaría la atención a los nabarros, si lo realizaran dentro de las fronteras políticas naturales del Estado español, pero al hacerlo en sus diferentes colonias, Ceuta, Melilla, Islas Canarias y entre las que se encuentra una parte importante del territorio político y legal del Estado de Nabarra, ya su alto nacionalismo español de carácter político republicano, se transmuta en un acción realmente colonialista e imperialista, solo equiparable a la que vienen realizando a diario los monárquicos nacionalistas españoles. Así pues, tanto republicanos como monárquicos españoles son destacadamente contrarios a la democracia y a la libertad del Pueblo Nabarro.

Históricamente, todos los republicanos españoles, que fueron y son indudablemente colonialistas, nacionalistas e imperialistas, atacaron y atacaran ferozmente cualquier acción desarrollada en post de la descolonización de Nabarra y de la recuperación de la plena soberanía o de la independencia de Nabarra propuestas desde cualquier agente o grupo del amplio Movimiento Soberanista Nabarro, sin importarles que estos sean monárquicos, republicanos o simplemente estatalistas nabarros.

Las labores colonizadoras llevadas a cabo por los republicanos españoles contra el Pueblo de Nabarra, son tan esclavistas como las llevadas a cabo por dictadores o reyes españoles. Tanto en la II república española, como durante la dictadura franquista o también en la actual monarquía parlamentaria, se niega el Derecho de Autodeterminación del Pueblo Nabarro. Incluso, repasando un poco el pasado podemos llegar a afirmar, que eso es debido en gran parte a la naturaleza imperial de España, ya que el origen del republicanismo moderno, surge tras la revolución vivida dentro del también imperial Reino francés en el año 1789, donde ya se puede comprobar dicha influencia colonial desde el primer instante.

Tras la denominada Revolución francesa, vemos que los republicanos franceses tienen claras las intenciones de continuar con el imperio. Por ello, dichos objetivos son altamente colonialistas y esclavista ante las numerosas, imaginativas y variadas maniobras políticas realizadas por los nabarros ante la impositiva I República de Francia. Como ejemplo de ello, nos puede servir el observar tras la supresión por parte de la Asamblea Nacional Francesa del título de Rey de Nabarra, el cual permanecía de forma ilegítima en poder de la Casa de Bourbon desde el año 1620, de las reivindicaciones llevadas a cabo por los patriotas nabarros, que incluso manejaron la posibilidad que constituirse en forma de República y aliada de Francia, eso sí, con dos poderes independientes manteniendo iguales facultades, a pesar del alto sentimiento monárquico que por aquel entonces poseían los nabarros del norte del Pirineo, algo constatable al leer Historia del Reino de Navarra, escrito por el difunto historiador Carlos Clavería:

“(…) Todos sus esfuerzos resultaron infructuosos ante unas instituciones revolucionarias que defendieron los derechos de los hombres, ignorando los derechos de los pueblos”.

Volviendo al sur del Pirineo y más concretamente a la legislatura de la I república de España, que apenas duro un año, debemos saber que esta tampoco fue beneficiosa para los intereses patrióticos nabarros. Incluso posteriormente, Serafín Olave defendió sin éxito en las Cortes de España, un postulado que estaba subvencionado incluso por la Diputación de la Nabarra reducida ya a una mera pro-vinci española, demostrándonos la imposibilidad de recuperar la soberanía e independencia de Nabarra en las Estructuras políticas del colonizador español, ya sean estas a modo de República, Reino o Dictadura.

El Plan de Serafín Olave era sencillo y claro. Nabarra debía constituirse en uno de los Estados que conformarían la República Federal de España. Además, dicho planteamiento estaba basado en una Constitución de Nabarra, donde se indica muy claramente la importancia y centralidad de Nabarra a ciudadanos de otras comarcas o provincias españolas que antes formaron parte del Reino de Nabarra, buscando la unidad necesaria para un futuro propio y realmente independiente de la tutela impositiva, imperial y colonialista española, bien venga esta en forma de Dictadura, Reino o República.

Yo individualmente, en innumerables de mis escritos me he identificado de ideología republicana; es decir, quiero vivir bajo un sistema estatal en forma de República, pues lo considero más igualitario y democrático que al sistema monárquico o dictatorial. Pero por supuesto, esta República debe de ser Nabarra, por lo tanto diferenciada de una supuesta III República de España y de la actual VII República de Francia. En definitiva, una República propia de los nabarros.

También tengo presente, como patriota nabarro soy sabedor que para alcanzar este objetivo político secundario, primero hay que recuperar la plena soberanía del Estado de Nabarra, que permanece actualmente usurpada por el bloque franco-español, con el consentimiento Europeo y Mundial, no me planteo el rechazar de antemano, cualquier otra acción pacífica que nos lleve a la independencia y descolonización del Estado de Nabarra.

Por ello no me supuso ningún tipo de contradicción el unirme junto a otros compatriotas nabarros, a la Demanda interpuesta en su día contra España y Francia en el Comité Especial de Descolonización de las Naciones Unidas, realizada por la Casa Real de Nabarra. Eso sí, desde una mente descolonizada y teniendo bien claro la importancia de la defensa democrática ante cualquier rey de Nabarra que nos otorga nuestro ancestral Derecho Pirenaico, pues como bien sabemos o deberíamos de saber tanto republicanos como monárquicos nabarros, antes leyes que reyes.

Por esto, el Pueblo-Nación de Nabarra debe estar al corriente de las claras intenciones nacionalistas, imperialistas y colonialistas de los defensores de la instauración de una III República en el Estado español y de la utilización colonizadora de la efeméride del 14 de abril, ajena y ciertamente impuesta a los nabarros y nabarras desde el imperio español, escondida bajo falsas promesas de libertad, igualdad y fraternidad.

Historialariek ezkutatu digutena: Donostiaren konkistaren dokumentua

Historialariek ezkutatu digutena: Donostiaren konkistaren dokumentua
Idoia Arrieta Elizalde, historian doktorea.
Nabarralde, S.L.

Mende luzez historialariak miatzen aritu diren agirietatik atera zitekeen informazioa ez dago agortuta, topatu berria dugun Donostiaren konkistari buruzko dokumentua adibide. Baina, non dago agiria? Zer ezkutatzen du? Zergatik ez da jatorrizko izenburuarekin argitaratu? Ondorengo lerrotan, agiria aurkeztu eta galdera horien atzean dagoen auzia argitzen saiatuko naiz.

XII. mendean Gipuzkoa lur eremu geografiko zabala eta zehaztasungabekoa zen, ez zen barruti politiko-administratiboa oraindik, eta Nafarroako erresuman integratuta zegoen. Hortaz, 1200. urtean, geroago probintzia izango zen Gipuzkoak ez zuen lurralde batasunik. Hiru tenentziatan banatuta zegoen Nafarroako erregearen ordezkarien gobernupean, alde batetik Ipuzkoa lurraldea baitzegoen (Urola eta Oria ibaien bitarteko lurraldea), eta bestetik ekialdeko zein mendebaldeko mugak. Agiriek behin eta berriro azpimarratzen dute Ipuzkoako eta Donostiako tenentzien bereizketa. Donostia, zalantzarik gabe, Oria eta Bidasoa ibaien artekoa zen. Errege gaztelarrak 1200. urtean lurralde horiek konkistatu ondoren agirietan azaltzen da ondoko esaldiekin: “regnante rege Aldefonso cum uxore sua domna Alienor regina, in tota Castella et in Alava et in Campezo et in Maranon et in Ypusqua et in Sancto Sebastiano”.

Gaztelako erasoak lurralde horietan interes handia sortu du historiografian helburu polemiko eta politiko batekin, Gipuzkoa konkistatua izan zenaren zantzu guztiak zeudenean (orain dokumentatuta), baina bidegabekeri batzuk izan direla medio, borondatezko paktoaren teoria indartu zen. Alabaina, XIII. mendeko kronikak ez dira azaltzen konkistaren alde ez borondatezko batzearen alde. XIV. eta XV. mendeko kronika nafarrak ere ez. XVI. mendearen bigarren erdialdeko historialariek (Juan Martinez Zaldibiakoa, Esteban Garibai) ordea, Gaztelarekin borondatez batzearen teoria defendatu zuten, eta gerora joera interesatu hori nagusitu zen, ildo propio sortuz eta arrakasta lortuz. Geroztik polemika etengabea izan da, eta gaur egun arte itunaren teoria ia aurkakorik gabe mantendu da.

Horren harira, interesatzen zaigun gaiarentzat hurbilketa on bat izan da Colección de Documentos Medievales de las villas Guipuzkoanas bilduma, Gipuzkoako Foru Aldundiak argitaratutakoa. Bitxia bada ere, 1332. urtean datatuta dagoen eta Traslado del fuero de San Sebastián sacado a petición del concejo de la villa de Guetaria izenburu duen dokumentuak horrela dio: “(...) Don Alfonso de Castiella, que Dios perdone, que la dicha villa conquisó (...)”

Hurrengo pausoa jakina, traskribatutako dokumentua Madrilgo Errege Akademian jasota dagoen agiriarekin konparatzea izan da. Azken honen izenburua bestelako hau da: 1202-1332 Guetaria SS. Parte del Fuero de S.S. Y en el preambulo se dá por sentada la conquista de S. S. eta dokumentuaren ezkerreko aldean ohar bat: “ojo conquista de S.S.” Sinestezina dirudi.

Hemendik ondorioztatzen dugu, gertakarien hurbilenetik hasita eta gerora Aro Modernoan eta Garaikidean eginiko interpretazioak interesatuak izan direla. Aipatutako konkistaren dokumentua 1805. urterarte Getariako artxiboan zegoen (Donostiako artxiboan ere luzez egongo zen), Jose Vargas Ponce armadako tenienteak Errege Akademiarako Gipuzkoako artxiboak miatzen aritu baitzen eta Getarian aurkitutakoa deskribatzen baitu. XVI eta XVII. mende bitartean, Austriatarren politikarekin bat eginez erasoaren lehen urratsa gauzatu zen. Ondoren Borboien asmo bateratzaileak izan ziren ofentsiba horren oinarrian. Une hartan historiografiaren bidezko eraso ideologiko garrantzitsu bat burutu zen Historiako Errege Akademiaren ardurapean. Foruak (orokorrak) dohain modura emandako pribilejioak zirela, paktatuak beraz, eta baliogabe zitezkeenak, argudiatzen ahalegindu ziren. Aurreko tesia defendatzeko, Vargas Poncek Gipuzkoako agiritegietako dokumentuak transkribatu eta behar bezala aukeratutako agiri historikoak erabiliz bere lana aurkeztu zuen. Bilduma horretan dago Donostiaren konkista aipatzen duen dokumentua, Vargas Poncek egindako ohar eta guzti. Denboran honago etorrita, historialari batzuk haien lanaren benetako asmoa zein den agerian utzi dute, 1991. urtean Erdi Aroko Gipuzkoaren hiribilduen dokumentuen bilduma (1200-1369) transkribitzerakoan data bat isilean gorde eta esanguratsua den izenburua aldatu dutenean.

Honekin guztiarekin, mendeetan zehar, Donostiaren eranzketa Gaztelako erresumara armen bidezkoa izan zela ezkutatu nahi izan da. Era berean, Gipuzkoaren konkistaren argibide bihurtu da. Baina Idatzi horren esanahi zehatzatik haratago beste gogoeta bat ahalbideratu beharko genuke

2011/04/06

Bilbao, puerto nabarro

Bilbao, puerto nabarro
Aitzol Altuna Enzunza

En el siglo XII desde la capital de nuestro reino llegaron a la Nabarra Occidental aires renovadores con Sancho VI el Sabio (1150-1194), se fundaron villas como la de San Sebastián entre los años 1150-1180, la de “Victoria” en 1181 sobre la puebla de “Gastehiz”[1] o la bizkaina de Durango en 1150, todas ellas sobre poblaciones ya existentes que pasaron a ser villas con exenciones fiscales y derecho a comercio, villas amuralladas (“uri-bilduak”) con dominio directo del rey. Con ello se impulsó notablemente el comercio y las rutas comerciales.

En la costa nabarra, para entonces, ya se habían creado numerosas poblaciones entorno a nuevas iglesias centrales de propiedad privada y laica -diviseras e incluso de realengo- desde el impulso cluniense de Sancho III el Mayor desde Leire (1005-35), que introdujo la forma de construir del primer románico en toda la península ibérica mediante maestros lombardos (norte Italia), iglesias de culto católico que servían para aglutinar poblaciones hasta entonces dispersas y que supusieron el nacimiento de las “anteiglesias”, llamadas así por hacer sus pórticos la función de los actuales ayuntamientos en base al derecho pirenaico y que fueron el origen de muchos de los actuales municipios. Durante este período de “paz nabarra”, bajó la población a habitar de nuevo los valles desde las invasiones bárbaras y después musulmanas y asturianas de los siglos V al X, invasiones que habían impulsado a los baskones a volver a poblar de nuevo durante esos siglos las medias laderas en los cordales de las pequeñas montañas que jalonan nuestra geografía costera y que son más aptas para la defensa del territorio.

El reino de Nabarra, hija del ducado baskón, supuso una revolución religioso-social en la Nabarra costera que hoy no podemos imaginar, donde debieron de tener una gran influencia las innumerables iglesias levantadas donde hasta entonces apenas había construcciones de piedra, y más aún en aquella escasa población de tradición oral, la definitiva evangelización con la predicación de letrados clérigos que debieron de llegar con estas iglesias desde otros territorios del reino nabarro, que por tanto eran euskaldunes; de esta época datan también los primeros cultos marianos tan extendidos en estas tierras, como el de la Virgen Blanca o de las Nieves introducido por el propio Sancho VI el Sabio en un auténtico sincretismo con el culto pagano anterior a la diosa Mari o Amalur.

Esta frenética actividad eclesial y de construcción, debió de llevar consigo una uniformización en estas tierras de aspectos tan importantes como el idioma, pues es muy improbable que antes se hubiera producido una presión político-social suficiente desde el centro del reino para que el filólogo Koldo Mitxelena (1915-1987) hablara de un euskera medieval unificado.

En esta época probablemente bajaron las gentes de Finaga en Malmasín y las de Begoña a repoblar de nuevo la ribera del río Ibaizabal-Nervión alrededor de una iglesia de culto a San Antonio Abad o San Antón y que se llamará puerto de Bilbao, iglesia construida en ese siglo XII junto a la base de un castillo o fortaleza nabarra y un puente románico[2]. El río Nervión nace en la sierra Salbada en Urduña y es afluente del Ibaizabal al que se le une en Urbi entre Galdakano-Basauri tras bordear poco antes el monte Malmasín. Ese río Ibaizabal-Nervión era navegable precisamente hasta ese punto, donde las barcazas o gabarras desembarcarían las mercancías de los buques de gran calado que atracarían más cerca de la bocana de la ría, facilitando así su transporte hacia el interior, de ahí que el principal puerto comercial del Ibaizabal-Nervión estuviera varios kilómetros ría adentro.

Cercano a este puerto, tal y como señala Tomás Urzainqui siguiendo a Moret o a Antonio de Aguirre, había otro castillo aún más importante: “El castillo nabarro de Malvecín, sobre el actual Bilbao (anteiglesia de Arrigorriaga), se halla en el promontorio denominado Malmasín, donde se ubican las ruinas en un paraje denominado el Castillo”. El castillo de “Malvecín” es por su tipología del siglo X y fue reducida su planta a la mitad años después, quizás con Sancho VI el Sabio de Nabarra en siglo XII: “la planta es de grandes proporciones y de forma semicircular, con un radio de 50 metros” según explica el experto en castillos nabarros Iñaki Sagredo[3]. Estos dos castillos marcarán el nacimiento del puerto nabarro de Bilbao.

Históricamente se ha creído que Bilbao se fundó en el año 1300 y que lo formaban 3 calles: Somera, Tendería y Artecalle. Un reciente estudio del arqueólogo Iñaki García Camino ha revelado que las 7 calles actuales del Casco Viejo bilbaíno son coetáneas y nacían en la misma ría. El alcázar o fortaleza donde hoy está la iglesia de San Antón sería una de las esquinas de la muralla y la principal entrada a la villa por su puente desde donde llegaría el camino que se bifurcaba desde Malmasín, con la Catedral de Santiago en el centro del recinto que se cerraría por las actuales calles del Perro, Lotería, Banco de España y Pelota.

El señorío nabarro de Bizkaia –junto con el resto de la Nabarra Occidental-, fue invadido por Castilla a finales del siglo XII. Lo más probable es que las tres primeras calles fueran las originales nabarras y las siete las de la villa refundada por D. Diego López de Haro V en 1300, pues la actual catedral de Santiago en el casco histórico de Bilbao está reedificada en 1379 sobre una iglesia o ermita del Camino de Santiago de los siglos XI-XII, anterior a la ocupación militar castellana y la basílica actual en estilo gótico de Begoña, está también construida sobre otra románica nabarra anterior.

Era Bilbao, dentro del Estado nabarro, el puerto de la anteiglesia de Begoña en la ruta del primer Camino de Santiago, el costero, que seguiría la calzada romana que mencionaba el antropólogo español Julio Caro Baroja cuando dijo: “Es probable que la vía que iba de Astorga a Burdeos por Álava tuviera otra casi paralela junto al mar que uniera entre sí las ciudades marítimas que menciona Ptolomeo” Historia del País Vasco Tomo II[4]. Se han localizado restos de época romana en Bilbao (monedas de Adriano y Antonino Pío), romanas e incluso anteriores en la necrópolis de Berreaga (Mungia), Galdakano (lápidas de Obispoetxe de Elexalde), en Larrabetzu, alto de Morga (San Esteban de Gerekiz), en Gernika, en Forua (principal centro de distribución de mercancías del cantábrico), Mundaka (Portuondo) y Bermeo (ermita de Kurtzio).

Los primeros peregrinos del camino inicial de Santiago venían desde Gipuzkoa y entraban a Bizkaia por Markina y la colegiata de Ziortza en Bolibar, para por Munitibar llegar a Gernika, o bien desembarcaban en la que era entonces la “cabeza del señorío”, Bermeo, para hacer uno en Gernika con el anterior camino y después seguir los dos unificados hacia Muxika, alto de Morga -donde se reunían la primera Juntas bizkainas – para bajar a Goikolejea, Larrabetzu y subir de nuevo por Legina a la sierra de Ganguren hasta la iglesia de Santa Marina de Galdakano (santa gallega) y así llegar a Bilbao por dos caminos:

El primero bajaba por el llamado “Camino de Etxebarri” desde Arbolantxa por el actual barrio de San Antonio y la casatorre de Etxebarri hasta la península que controlaba la poderosa familia de los Legizamon (después Lezama-Legizamon), para seguir por Bolueta en paralelo a la ría hasta entrar a Bilbao por el actual barrio de la Abusu y el paseo de los Caños, Atxuri, Portal de Aberri y el Casco Viejo. En la “Peña” o Abusu, es donde el río Ibaizabal-Nervión deja de ser “río” para pasar a ser “ría”, es decir, entrada de mar con influencia de las mareas[5].

El otro camino era el que, sin bajar a Etxebarri, siguiendo la sierra de Ganguren y el monte Avril llegaba por Artagan a Begoña, para bajar a su puerto por las Calzadas de Mallona y su vía crucis, entrando a Bilbao por la plaza llamada hoy de Unamuno, la calle de la Cruz, la iglesia de Santos Juanes y por el Portal de Zamudio hasta llegar al Casco Viejo o Siete Calles bilbaínas, directo por la puerta del Ángel a la catedral de Santiago. El camino seguía por la calle Tendería hasta la histórica iglesia de San Antón para dirigirse por su puente al otro lado de la ría por San Francisco-Urazurrutia, donde existe una hornacina con el apóstol a caballo, para salir de Bilbao por la calle Autonomía, el barrio de Kastrexana y su puente del Diablo hacia Balmaseda.

En el puente de San Antón, precisamente, se juntaban ambos caminos. Bilbao fue de las primeras poblaciones peninsulares en nombrar a Santiago como su patrono.

El castillo de Bilbao junto al puente de San Antón y su iglesia, protegía el paso natural de la ría por la zona portuaria llamada Puerto de Bilbao, donde después fue creada la villa en el año 1300 sobre un asentamiento ya existente por el onceavo señor de Bizkaia, Don Diego López de Haro V, apodado “el intruso” por arrebatar el derecho sucesorio a su sobrina María Díaz de Haro I. El privilegio de la villa de Bilbao, fechado en Valladolid cien años después de la conquista castellana del occidente nabarro, nos da noticia de la preexistencia de Bilbao ya que habla de hacer nuevamente población y villa: “Sepan por esta carta cuantos la vieren y oyeren, como yo, Diego López de Haro, Señor de Vizcaya, en uno con mi hijo don Lope Díaz, y con placer de todos los vizcaínos, hago en Bilbao de parte de Begoña nuevamente población y villa cual dicen el Puerto de Bilbao.(…)

El historiador nabarro Tomás Urzainqui comenta al respecto: “Don Diego López de Haro V no es quien fundó propiamente la población de Bilbao, pues ya existía como puebla marítima ocupado por mareantes y pescadores. Existían ya algunas casas torre y la iglesia de Santiago, y con complacencia de todos los vizcaínos la convirtió en villa el 15 de Junio de 1300. Los pobladores de este lugar de Bilbao, según privilegio, se regían por el fuero de Logroño. Este fuero era a su vez una reproducción del Fuero de Jaca de 1077, otorgado por el rey de los nabarros y aragoneses, Sancho Ramírez, extendido a Logroño por el invasor Alfonso VI en 1090 y mejorado por Sancho VI el Sabio de Nabarra.”

El historiador bizkaino del siglo XIX, Estanislao Jaime Labayru, resume lo ocurrido en ese año 1300 de la carta de villa dada a Bilbao en “Compendio de la Historia de Vizcaya”: “Don Diego López de Haro V, apodado el Intruso, ocupa Vizcaya (1295-1307). En 1295, el 25 de Abril, muere don Sancho el Bravo, rey de Castilla, y aprovechándose don Diego López de Haro V de los disturbios de la Corte en la minoría de don Fernando IV, entró en Vizcaya y la tomó sin resistencia sin que se le pudiera oponer la legítima señora de Vizcaya doña María Díaz de Haro, porque su marido el infante don Juan se hallaba todavía en prisión desde la catástrofe de Alfaro. Salió por este tiempo el infante don Juan, marido de la legítima Señora de Vizcaya doña María Díaz de Haro, pero no pudo conseguir que se le devolviera el Señorío, con lo cual, y unido a otros descontentos, combatió a la reina viuda y a su hijo don Fernando; pero fiel a las banderas de éstos don Diego López de Haro consiguió derrotar la conjura. Siguió don Diego López de Haro V sirviendo a la reina madre y a su hijo don Fernando por este tiempo y ostentando siempre el título de Señor de Vizcaya. (…) Hizo a sus pobladores y sucesores francos de todos los pechos y tributos, dándoles el Fuero de Logroño, el criadero de mineral de hierro en Ollargan y les señaló por límites desde el puntal del fondón de Zorroza hasta el arroyo de Azordoyaga y hasta el fondón de Deusto”.

Por lo tanto, Bilbao ya existía antes de 1300. Las recientes excavaciones en la iglesia de San Antón han puesto al descubierto lienzos de muralla datados en el siglo XII, cuando Bilbao formaba parte de los importantes puertos marineros del reino de Nabarra y era el puerto de la anteiglesia de Begoña[6].

La legítima Señora de Bizkaia, María Díaz de Haro II, en el año 1348 a la vuelta de su exilio en la Nabarra libre tras la muerte de su tío, en la carta puebla de privilegios y franquicias otorgada a Bilbao en una especie de “refundación” pero que poco aportó, prohibía expresamente el uso del camino de Etxebarri y la compra-venta en todo su recorrido, para obligar así a los comerciantes a pasar y desarrollar su actividad en Bilbao, lo que convirtió al antiguo puerto begoñés, con el devenir de los años, en el principal punto comercial del Señorío.

Labayru en su libro mencionado lo explica así: “En la primavera de este año, cuando los bilbaínos se enteraron del fallecimiento de don Diego, comprendiendo que la cédula de fundación de la villa carecía del carácter de la verdadera legitimidad por provenir del intruso don Diego López de Haro V, acudieron a doña María Díaz de Haro suplicándole la revalidación de le cédula de su tío, a lo cual accedió el 25 de Junio, otorgando la carta privilegio igual a la de don Diego, pero con el aditamento que el camino que va de Orduña a Bermeo, atravesando por Echébarri, que fuese por la villa de Bilbao”.

El primer historiador bizkaino, el muñatón Lope Salazar (s. XV), cita como primer linaje de Bilbao los Legizamon, luego a los Basurto y después a los Arbolantxa, el primero y el tercero son dos de las principales familias de Etxebarri -perteneciente a la anteiglesia nabarra de Galdakano hasta 1509 donde eran cabezas de linaje-.

El camino comercial Bermeo-Urduña por Malmasín y la cuenca del río Nervión, desviado a Bilbao por María Díaz de Haro –hasta donde coincidía con el Camino de Santiago y la posterior Ruta Juradera[7]-, era el más antiguo de los caminos de los que comunicaba la entonces capital bizkaina con la meseta y el segundo en importancias tras el que enlazaba Bermeo con Durango y subía por Urkiola hacia la importante villa nabarra de Vitoria-Gasteiz, controlado el camino por el castillo de Astxiki del que apenas queda nada tras su derrumbamiento por las tropas de asalto castellanas.

Bermeo fue la capital de Bizkaia hasta 1602 y su principal puerto, así, en el “Libro del Buen Amor” del Arcipreste de Hita (1343), se describe la batalla entre Don Carnal y Doña Cuaresma y se dice: “cuantos en el mar viven vinieron al torneo, arenques y besugos vinieron de Bermeo”. Fernando II de Aragón “el Falsario” se refería a Bermeo como "cabeza de Vizcaya" en 1475 por ser "la villa principal, primera y más importante, la más poblada, la más rica y poderosa", por tanto, el mimo de los Señores de Bizkaia hacia su villa preferida, desplazó finalmente a Bermeo como “cabeza” del señorío ocupando a principios del siglo XVII ese puesto el antiguo puerto nabarro de Begoña, llamado Bilbao.

Historiadores como el mondragonés Esteban Garibay (s. XVI) señalan que Bilbao era el nombre de una casería situada donde hoy crece Bilbao “la Vieja”, al otro lado del puente de San Antón. Según recoge también el historiador bilbaíno Teófilo Guiard y Larrauri (1876-1946) en “Historia de la noble villa de Bilbao”: “emanó á esta Noble villa, digna de título de ciudad, de otra antiquísima población pequeña, que está allende del río, con una casa llamada también Bilbao, que, á diferencia de esta nueva, vino después aquella á cognominarse vieja, como hoy día la llaman, nombrándola “Bilbao la Vieja”.

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[1] En la “Reja de San Millán” de 1025 ya aparece este pueblo, el nombre parece contener la raíz “gaztelu”. Las recientes excavaciones en la “almendra” o casco viejo vitoriano han demostrado la existencia de una muralla anterior a su carta puebla como villa.

[2] Este puente fue derruido para construir el actual, es el que aparece en el escudo de Bilbao junto a esta iglesia de San Antón (San Antonio Abad en realidad). El puente de San Antón era conocido como “el puente del castillo”, castillo o alcázar fue derruido reinando Pedro I el Cruel de Castilla (1334-1369) en su lucha por la corona castellana contra su hermano Enrique II el Impontente (el primer Trastamara) y sus partidarios, comenzada la reconstrucción de la iglesia actual de planta gótica y torre barroca en 1366 y reinaugurada la parroquia en 1433. Durante esas Guerras y por 5 años (1368-73), Gipuzkoa, parte de La Rioja y Alaba volvieron a Nabarra reinando Carlos II, siendo Bizkaia para el rey de Inglaterra que ayudó al nabarro a recuperar momentáneamente la Nabarra Occidental.

[3] “La Navarra Occidental, la frontera del mar, Tomo III”.

[4] El camino de la costa se usaba sobre todo al principio, siglos IX-X (como señaló Menéndez Pidal). La conocida como Ruta Juradera, fue en época medieval parte del Camino de Santiago costero que desde Francia atravesaba la costa cantábrica hasta Compostela. En Época Moderna pasó a llamarse Camino Real Bilbao-Gernika y a finales del siglo XIX, se le empieza a denominar "Camino Viejo Bilbao-Gernika". El primer camino costero traía peregrinos que desembarcan en la bahía de Txingudi o llegaban andando hasta Irun siguiendo la costa, el cual carece de accidentes geográficos relevantes, para, por San Sebastián, Zarautz, Getaria y Zumaia, penetrar en Bizkaia desde Markina y seguir hacia la importante Colegiata de Zenarruza en Bolibar, atravesando el monte Oiz, dirección Gernika por Munitibar, donde se confunde con la “Ruta Juradera” a Bilbao. Se tardaba 6 jornadas en completarla hasta Bilbao y seguía la ruta Xacobea por la Enkartaciones dirección Cantabria y otro ramal por Burgos, lo que hacía de Bilbao un importante punto de paso, aunque entonces sólo era el puerto de Begoña, con la iglesia de Begoña y la de Santiago como puntos relevantes, las cuales entonces eran tan sólo pequeñas ermitas románicas sobre las que se construyeron las iglesias góticas actuales. Pero sería también frecuente ver peregrinos que desembarcaban en Bermeo, principal puerto bizkaíno y su capital para iniciar por la “Ruta Juradera” el Camino de Santiago. Según el libro “Dos Caminos de Santiago” del departamento de turismo de la CAV, “el camino (de la costa) estaba bien atendido, y, salvo algún accidente geográfico de poca importancia, era relativamente cómodo, incluso en los meses climatológicamente más rigurosos”. Estos caminos o rutas comerciales y de peregrinación con sus comerciantes y peregrinos, articularían las relaciones económicas y sociales de los primeros bizkaínos y serían una importante fuente de ingresos. El llamado “Camino francés”, que es el que recorren ahora la mayoría de los peregrinos, fue desarrollado reinando los reyes nabarros Sancho III el Mayor y después con Sancho Ramírez en el siglo XI.

[5] Siglos después, el camino cambió su ruta al descender la población al llano, para discurrir desde Larrabetzu por el Txorierri y subir a la sierra de Ganguren por Santo Domingo. Abusu pertenecía a la anteiglesia de Abando y se conocía como “la puebla de Ybaizabal”, los hermanos Sancha y Santiago de Erkiñigo eran propietarios de las ferrerías y molinos de la zona, así como de la torre de Abusu, comarca en la que en 1639 erigieron la ermita de “nuestra señora de la Peña de Francia”, virgen patrona de Salamanca de gran devoción entre indianos que volvían de hacer “las Américas”, de ahí que se conozca también como “La Peña”.

[6] El documento más antiguo conservado sobre la anteiglesia de Begoña data del año 1161. Begoña fue anteiglesia independiente hasta el año 1870, año en el que comenzó su anexión a su antiguo puerto, para entonces una gran villa comercial, anexión que no se culminó hasta el año1924.

[7] Los bizkaínos empezaron a reclamar la jura de los Fueros bizkaínos a sus señores, para entonces reyes de Castilla por herencia desde 1378, pues el reino castellano tenían sus propias leyes o Fueros castellanos, diferentes a los Fueros nabarros que mantenían los bizkaínos pese a la invasión; los reyes castellanos (después españoles) resultaban ser una figura lejana. Con los reyes naturales no se tiene constancia alguna de esta jura, seguramente al ser las leyes principales comunes a todos los habitantes del reino y porque no hacía falta, al estar el señor de Bizkaia presente en las Juntas, por tanto tomaba parte en las decisiones acordadas.Los Fueros no son más que las leyes consuetudinarias que nos dimos los vascos para nuestra convivencia y que terminaron de desarrollarse bajo el amparo del Estado vasco o reino de Nabarra: es el conocido como Derecho Pirenaico, que bien se puede llamar nabarro.

Extraído de la web de la empresa Nabarralde, S.L.

2011/04/05

Iruinea, abril de 2011

Las continuas mentiras del colonizador
Iñigo Saldise Alda, secretario general de la Comisión Soberanista de Nabarra

El Sr. D. Jaime Ignacio del Burgo, jurista y catedrático español, en el transcurso de la Convención del Partido Popular en la Comunidad foral y Española de Navarra celebrada a mediados del mes pasado, volvió a practicar la retroalimentación y sugestión unitaria nacional española ante sus compañeros imperialistas y colonialistas de su partido y por supuesto, sin olvidarse del resto de españoles que han sido llamados por el Jefe del Estado español, S.A.R. Don Juan Carlos de Borbón y Borbón-Dos Sicilias, para acudir a las urnas el próximo día 22 de mayo. Todo ello buscando así mayor rédito electoral para el PP, una vez más mediante numerosas mentiras y falsedades entorno a la efeméride de 1512, alterando con ello y a su capricho la historia real entorno a los sucesos históricos, políticos y militares, con las cuales han buscado siempre justificar desde el Reino de España lo realmente injustificable según el Derecho Internacional, que fue la ilegal y violenta invasión y ocupación militar de un Estado neutral con el consiguiente sangriento genocidio amparado por la Iglesia Católica de Roma y la Santa Inquisición española, sin olvidarnos del inmediato sometimiento político, jurídico, civil y eclesiástico, junto a la continuada colonización cultural y lingüística de los naturales de este País o nabarros, en todas las tierras pertenecientes legalmente al Reino-Estado de Nabarra existentes al sur del Pirineo, todo ello llevado a cabo desde entonces por la metrópoli del imperio español.

Ciertamente para este amante de la historia de su Patria, Nabarra, debo decirle a usted que me llevaría muchas líneas el rebatirle mentira por mentira vertida por sus palabras o pluma, ya que usted y esto lo afirmo sin ningún tipo de vergüenza o remordimiento, cuando menos trifulca en cada palabra la historia de Nabarra a su antojo y por el interés de su Patria, España, por lo que a continuación simplemente paso a desarrollar algunos aspectos, quizás extendidos pero objetivamente serios de la triste realidad histórica que les tocó vivir a los nabarros de ambos lados del Pirineo, entorno a la fecha de 1512. También por motivos políticos de Estado, le voy a rebatir la falsa afirmación que continuamente realizan ustedes los nacionalistas colonialistas españoles, sobre un cambio de Dinastía en Nabarra en beneficio de España. Esto último no es debido por ser un defensor del sistema monárquico en pleno siglo XXI, sino simplemente por ser un patriota nabarro que sigue las bases de nuestro ancestral Derecho Pirenaico y que además es de ideología republicana de cuna, pero eso sí, con conocimiento de causa en materia dinástica de Nabarra.

El Estado soberano e independiente de Nabarra, en forma de Reino, mantenía años antes al 1512, una neutralidad legítima y leal en el contencioso político-militar y religioso existente entre el Reino de Francia y el Reino de España (Castilla-León junto a Barcelona-Aragón y Granada). Tanto las uñas largas de Louis XII de Francia como las del autotitulado rey de España desde 1492, Fernando II de Aragón, aspiraban apoderarse del Reino Pirenaico de origen vascón, cuyo nombre era y es Nabarra.

El matrimonio de la legítima Princesa de Biana, Catalina de Foix (posteriormente I de Nabarra) con Juan II de Albret (III de Nabarra) en el año 1484, supuso para el Reino independiente y soberano de Nabarra la confirmación de la unión definitiva de los dominios de la Casa de Foix y Bearne, además de las posesiones de los Albret existentes al norte del Pirineo en el Reino o Estado Pirenaico de Nabarra, y que todo hay que recordar, ya formaron parte del Estado vasco(n), mucho antes incluso al reinado de Sancho III el Mayor, algo que perduró, constatablemente, hasta el reinado de García IV Ramírez el Restaurador, o lo que es lo mismo, hasta la injerencia del Reino de Castilla-León, del Condado de Barcelona y del Pontificado Católico de Roma, lo que ciertamente significaba el retorno de esas tierras, originariamente vasc(on)as, al Estado o Reino de Nabarra.

Uno de los detalles importantes que ocultan los nacionalistas y colonizadores españoles, como por ejemplo usted Sr. D. Jaime Ignacio del Burgo, es muy importante para saber las oscuras intenciones de Fernando II de Aragón, rey de España. Tras la muerte de Gastón de Foix en Ravenna en abril de 1512, protegido Louis XII de Francia y de sus ilegítimos intereses sobre el Estado o Reino de Nabarra, Fernando II de Aragón, rey de España, exigió sin componente legal alguno los mismos territorios legalmente nabarros, reclamados ilegalmente en su día para Francia por el Duque de Nemours (Nemours, territorio éste pretendido anteriormente por Carlos III de Nabarra y Juan II de Nabarra y Aragón) a la reina Catalina I de Nabarra, endureciendo su ya belicosa actitud contra el Estado o Reino de Nabarra, algo que se hizo ya claramente patente desde la conquista del Reino de Granada en el año 1492 y solicitando a su vez al Papado, diferentes bulas de excomunión contra todos los nabarros, incluidos en ellos los bearneses, bajo la falsa acusación de ayudar a Louis XII de Francia. Dichas tierras reclamadas ilegalmente por España como antes por Francia, estaban y están todas situadas al norte del Pirineo, donde estaba incluido el Vizcondado nabarro del Bearne, todo ello por estar casado con la Germana de Foix, hermana del fallecido en combate contra las tropas de España en la batalla de Ravenna, algo que ya no podía apoyar Louis XII de Francia, al ser España enemiga de Francia.

Todo nabarro debe saber si ama a su Patria, algo de lo que usted se encarga de ocultar o falsificar reiteradamente Sr. D. Jaime Ignacio del Burgo. Esto es la realidad en lo referente a la firma del verdadero Tratado de Blois de 18-19 de julio de 1512(1) y no de aquel documento falsificado que presento Fernando II de Aragón, rey de España, el 12 o quizás el 17 de julio de 1512-según las fuentes que se consulten-y que todo nacionalista español, idéntico a usted, utiliza para basar y legitimar la violenta invasión de tropas españolas sobre el Reino-Estado de Nabarra, que no me canso en recordarle a usted y a quien sea, fue y es de forma ilegal según el Derecho Internacional viejo y moderno, el Reino de Nabarra por Goizueta el 10 de julio y el 19 de julio de 1512, está última fecha con el grueso del ejército por la Burunda y Lekunberri, una invasión militar española cuya ocupación, debemos recordar, perdura hoy día en el año 2011. Por cierto, la firma de este Tratado no es una violación del Fuero General del Reino o Estado de Nabarra como usted da a entender. Violación que si lo fue cuando Fernando II de Aragón, rey de España, aniquila las Cortes legítimas de Nabarra el 10 de agosto de 1512 y más ilícita aún si cabe fue su acción, cuando sanciona el 10 de marzo de 1513 unas Cortes hechas a su medida para que lo titulen de forma ilegal e ilegítima como rey de Nabarra.

Antes de entrar en otras falsedades en la que ustedes, colonizadores y nacionalistas españoles se escudan para legitimar la violenta invasión de 1512, les recuerdo que ustedes malintencionadamente ocultan que las tropas españolas pretendieron en ese año, conquistar todo el Reino de Nabarra, siendo frenados los invasores españoles en la fortaleza de Salvatierra del Bearne. El duque de Alba pidió apoyo al su aliado inglés, el marqués de Roset, para tal objetivo, pero este se negó a atacar un Reino neutral como lo era el Estado de Nabarra e insta a los españoles a atacar la Guyenne y ante la negativa española, abandonan los puertos de Pasaia y Hondarribia tomando rumbo a su Reino de Inglaterra.

Ante la amenaza de invasión española, el Reino de Nabarra mediante su Consejo Real, y más concretamente en mayo de 1512, requiere del Estado Pontificio de Roma el Pase o exequáter de las Bulas Pontificias por el Consejo, al estar el Estado de Nabarra totalmente asentado en el espacio político de las naciones europeas. Esta petición realizada por parte de los nabarros, nunca fue atendida por Julio II, emperador de Roma, aliado fanático del maquiavélico Fernando II de Aragón, rey de España.

Por cierto, otra “razón” en la que se escuda el nacionalismo colonial español para justificar la ilegal invasión de 1512, son las Bulas Papales. El 20 de julio de 1512 aparece el Monitorio Etsi hii y al día siguiente la Bula Pastor ille coelestis, que no hace mención alguno a los reyes privativos de Nabarra, Catalina y Juan. Ambos documentos, realmente son preparados por la Cancillería de Aragón, ya que a pesar de estar pedidas desde abril al emperador de Roma, estas aún no había sido realizadas y posteriormente llegado a las manos del rey de España. De todas formas el principal aliado del reino de España, el Papado, guarda un silencio cómplice. De nuevo, desde la Cancillería de Aragón se falsificase una segunda Bula ese mismo año 1512. Esta lleva por título Exigit contumatiam, donde se vinculada al Estado o Reino de Nabarra a la condición de colonia española y que ha servido hasta hoy día al estado español, para justificar toda suerte de atropellos y crímenes realizados por su Santa Inquisición, más la destrucción masiva de los castillos nabarros y la expulsión de la nobleza e intelectualidad humanista leales a sus legítimos soberanos, del territorio ocupado por soldados españoles, realmente extranjeros en la tierra de Baskonia. En el año 1513, apareció la tercera Bula, etsi obstinati, que como no podía ser de otra forma, también estaba falsificada ante la complicidad pasiva de la Iglesia Católica de Roma. En esta, ya aparece una clara condenación de los reyes nabarros, Catalina I y Juan III.

Realmente, el jefe de la Iglesia Católica de Roma, Julio II, sólo proclamó la bula contra Luís XII de Francia, nada que ver con el Estado o Reino de Nabarra, titulada Universis Santae Matris Ecclesiae, mientras que las otras tres fueron falsificadas por orden expresa del rey de España, Fernando, conocido desde entonces por los nabarros como el Falsario. A día de hoy, la Iglesia Católica del Vaticano nunca se ha posicionado frontalmente contra la falsa historiografía española, mediante la cual los españoles defienden sus supuestos derechos de conquista, basados en la Bula, Exigit contumatiam, siendo precisamente esta la que sirvió para asentar realmente la ocupación militar española en el Estado de Nabarra. En ella se dispensaba a los nabarros, bajo pena de excomunión, de continuar obedeciendo a sus legítimos y privativos reyes, Catalina I y Juan III de Nabarra, a quienes habían jurado "por fuero sacrosanto ancestral" lealtad, nunca jamás hasta entonces violada de manera unilateral. Con ella, el rey de España condenaba personalmente a los reyes de Nabarra, Catalina y Juan, más a todos los nabarros que masivamente les defendían, por lo que el Estado de España no dudó en imponer en esta tierra, su horrenda ley de excepción, la cual arruinó la evolución, claramente humanista del Pueblo nabarro desde los tiempos del príncipe Carlos de Biana, y el Imperio español devastó brutalmente nuestro territorio, al menos aquel situado al sur del Pirineo.

Pero lo realmente sorprendente para cualquier amante de la historia política del Reino de Nabarra, es cuando ustedes los nacionalistas colonialistas españoles afirman sin ningún tipo de complejo o rubor, que en el periodo de 1512 a 1515 se produjo un simple cambio de dinastía buscando la unidad política peninsular entorno al Estado español. Sino fue poca la ilegalidad de sancionar unas Cortes hechas a la mediad de Fernando el Falsario, éste se tomó la libertad, concluyentemente totalitaria y despótica, de incorporar ilegalmente la totalidad del Reino de Nabarra (incluido el Bearne) a la Corona de Castilla. Específicamente bajo la figura de su hija Juana I de Castilla, que por cierto la tenía encerrada en Tordesillas. Esto ocurrió en las Cortes de Burgos, extranjeras para los nabarros y sin presencia de nabarro alguno, violando descaradamente de nuevo el Fuero General de Nabarra.

Realmente, la Dinastía o Casa de Foix continuó siendo la legítima titular del Reino de Nabarra. Posteriormente lo fue la Casa de Albret con Enrique II y Juana III, siendo el último rey legítimo de Nabarra de la Casa de Borbón. Limitadamente en la figura de Enrique de Borbón y Albret, III de Nabarra y IV de Francia. Este último rey de Nabarra, dejó claro en su testamento realizado en 1607, que el Reino de Nabarra y Bearne volvía a sus mayores, concretamente a Isabel de Albret, hermana de Enrique II de Nabarra; así pues, ni en 1512 ni ahora en 2011, cualquier Casa o Dinastía que haya o esté gobernando el Reino de España ha tenido o tiene legitimidad alguna sobre el Estado o Reino de Nabarra.

Dicho esto podrán ustedes encontrar tras la nota del Tratado de Blois, siguiendo los consejos de historiadores licenciados y solamente por el bien del rigor histórico y político de las afirmaciones que vierto en este escrito, verán detallas la bibliografía que he requerido para la realización de este escrito.

NOTA
1. Verdadero Tratado de Blois concretado entre los días 18-19 de julio de 1512:
Artículo primero. Es un pacto de no agresión, e incluye la ayuda mutua ante posibles necesidades contra un enemigo común, respetándose los dominios territoriales de cada parte.
Artículo segundo. Se comprometen a no permitir el paso a través de sus territorios a tropas que combatiesen a cualquiera de ambos reinos.
Artículo tercero. Se reconoce la libertad de comercio de cada Corona, tanto por tierra como por mar, así como en los desplazamientos de los comerciantes y residencias de los mismos de ambos dominios.
Artículos cuarto y quinto. Se obligan las partes a participar en los tratados de amistad y alianza firmados por el otro.
Artículos sexto y séptimo. Se exige al rey navarro la consideración de enemigo de los ingleses y de cualquiera que les acompañase, en el caso de una invasión a Francia, con la obligación, además de combatirlos.
Artículo octavo y último. Se reconocía la alianza entre los reyes navarros y los de Aragón y Castilla, para no permitir el paso de los que, a través de Navarra, quisieran atacar España y se extiende ese compromiso a quienes quisieran hacer la guerra a Francia desde Navarra.
La firma de este Tratado Internacional, muestra muy a las claras a cualquier neófito en historia y política, la intención inequívoca de mantener la neutral por parte del Estado de Nabarra en el contencioso político-militar existente entre el Reino de Francia y el Reino de España.

ARCHIVO CONSULTADO

ARCHIVO PRIVADO DE LA CASA REAL DE NABARRA

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2011/04/01

Xabierko gaztelua 1512



Dibujo original de Valentín Arteta coloreado por Nerea Munarriz

253. El señor de Xabierr trae de Yaniz

De gules, creciente volteado de plata bordeado de un jaqueado de dos tiras de oro y sable; campaña de plata bordeada de lo mismo.
M253, A421 - como A420 (v.L252). DF69 - v.L312
Probablemente trae de Sada. Desde principios del siglo XIII el señorío de Javier estuvo en el linaje Aznárez de Sada.
Sello de Rodrigo Aznárez de Sada, señor de Javier, 1329: creciente volteado y campaña (2/2098). En la portada del castillo de Javier y en otros lugares del mismo como L253 (EA pp. 181-183).
Javier, villa en el valle de Aibar, mer. de Sangüesa.

Extraído del Libro de Armería del Reino de Navarra; Faustino Menéndez Pidal y Juan José Martinena, 2001

NABARRAKO ERESERKIA

Nabarra, reflexiones de un Patriota

Reflexiones de un Patriota by Iñigo Saldise Alda

ASKATASUNA = Baskoinak x Nafar Paradigma

"PRO LIBERTATE PATRIA GENS LIBERA STATE"

"Aberri askearen alde jende librea jaiki"

"De pie la gente libre a favor de la libertad de la patria"

Navarre shall be the wonder of the world

by WILLIAM SHAKESPEARE

EUSKARA-LINGUA NAVARRORUM

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©NABARTZALE BILDUMA 2011

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