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2014/12/27

El edicto de la Unión y la total nulidad legitimista de la Casa de Bourbon o Borbón

El edicto de la Unión y la total nulidad legitimista de la Casa de Bourbon o Borbón
Iñigo Saldise Alda

El 15 de Octubre del año 1620, Louis de Bourbon, XIII de France, comandó el ejército francés contra el Estado Pirenaico de la Corona de Nabarra. Contando con la inestimable ayudada del cardenal Berulle, entró en Pau y tras reducir a sangre y fuego el Consejo Soberano del Bearne, cinco días después, el 20 de octubre proclamó el conocido como Edicto de la Unión, redactado con anterioridad y aprobado en las Cortes francesas de Paris. En dicho Edicto de carácter unilateral, se indicaba unidad  a la Corona de France, de la Corona y el Reino de Nabarra y también del pueblo de Bearne.

Además de forma ilegal, unió la Cancillería del Reino de Nabarra con el Consejo soberano del Bearne situado en Pau.

Los Estados Generales y la Corte Suprema de Justicia o Cancillería del Reino de Nabarra desde Donapaleu, se opusieron con determinación, firmeza y pujanza legitimista en base a la Constitucional nabarra, a las ilegales pretensiones francesas sobre el Reino de Nabarra. Pero para entonces, el Estado Pirenaico ya se encontraba militarmente ocupado por un numeroso ejército invasor francés.

En el Edicto de la Unión por el cual Louis XIII de France se anexionó Nabarra y Bearne al Reino y Corona de Francia, también incluía en el mismo a otros Estados independientes como Andorra, Bigorra, Xiberoa, Albret, Armanhac, Foix, Donezan y otros, que conformaban legalmente el Estado Pirenaico bajo la Corona de Nabarra desde el reinado legítimo de Juana de Albret y Foix, III de Nabarra.

 “(...) por este Edicto, perpetuo e irrevocable, unimos e incorporamos dicha corona y país de Navarra y nuestro país y soberanía de Bearn, Andorra y Donezan, y tierras que de ellos dependen (...)”. Louis XIII de France.

El Reino Pirenaico, una vez reunidas su diversas Juntas y Estados Generales, rechazó el Edicto y a Louis XIII de France, pero fue incapaz de llevar a cabo su defensa nacional e independentista, al no poder hacer frente al poderoso ejército francés.

Las protestas se extendieron por todos los Estados Pirenaicos pertenecientes a la Corona de Nabarra, pero los franceses hicieron caso omiso aplicando la única ley que comprenden los imperialistas y absolutistas, la violencia militar.

Ya en el año 1621, en un debate llevado a cabo en los Estados de Bearne, sus miembros acordaron por unanimidad declarar traidores a la patria a todos los que aceptarán el Edicto de la Unión con el Reino de France. Por tanto, Louis XIII no fue reconocido por los representantes de Nabarra y Bearne como su rey, además de no haber sido nunca coronado como tal en concordancia con las Leyes emanadas por el Derecho Pirenaico, vascón o nabarro.

De todos esos actos ilícitos desde el prisma Legal nabarro, el rey de los invasores franceses, Louis Bourbon, XIII de France, creo el denominado Parlament de Navarre en la ciudad de Pau en el año 1624. Esto supuso también, la desaparición de los oficios de la Casa Real de Nabarra.

Para la realización de todos estos atropellos contra el Estado Pirenaico de Nabarra, Louis XIII France no contaba con ninguna legitimidad al no contar con el obligado apoyo de los Estado Generales de Nabarra y de los demás Estados que permanecían unidos bajo la Corona de Nabarra.

Por tanto y dentro siempre de nuestra exclusiva legalidad, la Casa de Bourbon desde Louis XIII de France y sus descendientes y herederos, en cualesquiera de sus ramificaciones fuera, carecen de legitimidad alguna por la cual exhibir o pretender ostentar y alardear de los títulos nobles y monárquicos nabarros, bien sean de príncipe o princesa de Nabarra o de Rey o Reina de Nabarra, independientemente de que muestren una genealogía o rama familiar u otra, ya que de raíz carecen de legalidad y legitimidad para los nabarros y nabarras.

Además, esto es así por una realidad política propia, en base al constitucionalismo nabarro  histórico, tomando como faro guía a nuestras Leyes y Costumbres conocidas como Fueros. Pero además, es incluso antes de que la Nación del Estado pleno de Nabarra decida en democracia y libertad su estructuración Estatal, realmente solo posible ésto desde la absoluta independencia, como quedó bien patente por lo estipulado por un rey de Nabarra, Enrique II el sangüesino. En el Preámbulo del Fuero del Bearne del año 1551, de forma intencionada fue realizado entre juristas nabarros y bearneses, incluyendo de forma consciente y patente la elección del soberano, el cual es posterior a todas nuestras libertades. 

NABARRAKO ERESERKIA

Nabarra, reflexiones de un Patriota

Reflexiones de un Patriota by Iñigo Saldise Alda

ASKATASUNA = Baskoinak x Nafar Paradigma

"PRO LIBERTATE PATRIA GENS LIBERA STATE"

"Aberri askearen alde jende librea jaiki"

"De pie la gente libre a favor de la libertad de la patria"

Navarre shall be the wonder of the world

by WILLIAM SHAKESPEARE

EUSKARA-LINGUA NAVARRORUM

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©NABARTZALE BILDUMA 2011

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