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2025/10/15

Nabarra y los Derechos Históricos

 


Nabarra y los Derechos Históricos

Iñigo Saldise Alda

La utilización de los Derechos Históricos por las diversas agrupaciones políticas navarras, reconocidas constitucionalmente por un estado ocupante, son contradictorios según el Ordenamiento Jurídico”. Este es un pequeño extracto del informe enviado desde la Corte Internacional de Justicia sita en la Haya-Holanda, en el año 2005, basada exclusivamente en lo que aparece y se desarrolla en la página 9 del Ordenamiento Jurídico Internacional.

Desde un pensamiento ciertamente libre y descolonizado, los nabarros debemos pensar fría y seriamente, que son en realidad los Derechos Históricos de Nabarra y sobre todo si somos patriotas, en quien verdaderamente recaen en la actualidad. Esto es debido principalmente al devenir político-histórico de nuestro Estado, Nabarra, el cual recordemos, desapareció de los mapas políticos mundiales a causa de diferentes invasiones y ocupaciones, conquistas con genocidio y una brutal colonización que llega hasta el día de hoy.

Basándonos correctamente en la Jurisprudencia Internacional, ya que nosotros los nabarros nunca debemos hacerlo en la interpretación emanada de la Justicia presentada y ejercida por los Estados coloniales español y francés, los Derechos Históricos tornan o residen siempre en el sistema de Gobierno propio, que cierta y verdaderamente en nuestro caso fue expulsado por los Estados ocupantes. Actualmente, nos guste o no, además nos vemos obligamos a recordar que por ello nunca discutirá un patriota nabarro con otro igual, en el caso de nuestra amada Patria Nabarra, la Legitimidad Histórica de Nabarra recae y reside en su Gobierno, ya sea incluso de manera provisional y hasta desde el exilio.

Continuando con lo que nos indica dicho Ordenamiento Jurídico Internacional y siempre basados exclusivamente en nuestro propio Paradigma Nabarro, toda pretensión de sustituir o suplantar la Legitimidad Histórica garante en un Gobierno propio y hacer uso de sus Derechos Históricos, es contraria cuando menos a Derecho, produciéndose una contradicción grave para cualquier Movimiento Soberanista Nabarro en las Instancias, Tribunales y Organismos Internacionales que finalmente, son a los cuales debemos acudir.

La indebida utilización de los Derechos Históricos nabarros, en cualquiera de sus formas o camuflajes, tratan de obviar y ocultar a la sociedad nabarra, que son principios legitimistas formulados originariamente por el Gobierno de la época en la que perdió su soberanía, enfrentándose con ello de forma necia contra la Jurisprudencia Internacional establecida y además, supone un acto de desinformación, con oscuros intereses, hacia el Pueblo Nabarro, en el cual reside finalmente la soberanía en base a nuestro ancestral Derecho Pirenaico o Vasco(n).

Todas las pretensiones y usos indebidos por agrupaciones ajenas a un Gobierno propio, o sin contar con su explícito amparo, han resultando cuando menos, confusas y altamente contraproducentes para las exigencias políticas del Pueblo más antiguo de Europa, algo que podemos comprobar claramente y deforma sencilla, al repasar nuestra historia desde la triste perdida de la soberanía del Reino de Nabarra, exclusivamente quebrantada a causa de la acción militar extranjera. Todos esto intentos fantasiosos que oculten la realidad histórico-política, en contextos políticos y estatales ajenos a los nabarros, han conducido a una desorientación y desconcierto extremo y sin precedentes en la Nación Nabarra.

Hay que decir claramente, que ningún Estado ocupante, bien ya sea este Francia o bien ya sea España, o incluso ambos en común, puede amparar y utilizar los Derechos Históricos de Nabarra según nos indica y marca la Jurisprudencia Internacional. Por lo tanto, ninguno de los partidos políticos reconocidos constitucionalmente por dichos estados imperialistas y colonizadores podrán manipular nuestros Derechos Históricos, incluyéndose en los mismos la denominación de territorios históricos, por ser esta interpretación errónea y fuera del Derecho emanado por el Ordenamiento Jurídico Internacional, ya que su transcripción Jurídica correcta es la de territorio ocupado por un Estado o Estados extranjeros.

NABARRAKO ERESERKIA

Nabarra, reflexiones de un Patriota

Reflexiones de un Patriota by Iñigo Saldise Alda

ASKATASUNA = Baskoinak x Nafar Paradigma

"PRO LIBERTATE PATRIA GENS LIBERA STATE"

"Aberri askearen alde jende librea jaiki"

"De pie la gente libre a favor de la libertad de la patria"

Navarre shall be the wonder of the world

by WILLIAM SHAKESPEARE

EUSKARA-LINGUA NAVARRORUM

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©NABARTZALE BILDUMA 2011

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